sábado, 11 de abril de 2020

Corte Constitucional ordena a institución educativa renovar contrato de trabajo a una docente que fue discriminada por estar en estado de embarazo



T- 043 de 2020. 

La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional, con ponencia del Magistrado José Fernando Reyes, ordenó a una Institución Educativa contratar a una docente a quien se le había informado con anterioridad que se le renovaría su contrato de trabajo y después de saber que estaba en estado de embarazo, no se le renovó, configurándose una defraudación de la confianza que ésta tenía de que continuaría trabajando. 

El reconocimiento lo realizó la Corte luego de analizar el caso de Dora Patricia Ramírez quien por medio de la acción de tutela manifestó que, en una reunión de fin de año, uno de los propietarios de la Institución educativa manifestó que se le renovaría el contrato de trabajo, una vez informó que estaba embarazada, la situación de comunicación con las directivas empezó a cambiar. 

A pesar de darse cuenta que sus compañeras ya tenían fecha para renovar el contrato y creer que para ella se daría el mismo trato, recibió una llamada en la que se le indicaba que la directora general había dado la orden que su contrato no sería renovado, lo que la llevó a pensar que efectivamente el hecho de estar embarazada fue determinante para no firmar su continuidad. 

En diferentes ocasiones la Corte ha sido clara en señalar que, si el hecho de no renovar la relación laboral de una mujer en estado de gestación obedece a una manifestación previa de su estado, aun cuando ya se le había indicado que, si se le renovaría, se constituye como un acto discriminatorio. 

Recuerda el alto tribunal que la mujer tiene una protección especial “durante el embarazo y después del parto” con el fin de eliminar cualquier tipo de discriminación, además, existe una obligación constitucional de no discriminar a una mujer gestante o lactante. 

Para la Corte, causa suspicacia que una vez la docente informó su estado de gestación no se hubiera dado el mismo trato, lo que sin duda efectivamente influyó en la decisión de no suscribir el contrato. 

La conducta de las directivas de la entidad educativa defrauda la confianza legítima que se le generó a la docente cuando se le dio la palabra de que se le renovaría su contrato. 

En razón de ello, la Corte ordena a la institución educativa a ofrecer disculpas públicamente a la accionante y contratarla en el periodo lectivo correspondiente al año 2020, en caso de que así lo desee la docente.