Sentencia T-471/19 Magistrado Ponente: ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
La accionante aduce que la entidad territorial demandada vulneró sus derechos fundamentales, al negarle la exoneración del pago del impuesto predial unificado de un inmueble de su propiedad, el cual tuvo que abandonar con ocasión
del desplazamiento forzado del cual fue víctima con su familia, a raíz del conflicto armado que se desarrollaba en el lugar
de ubicación del predio. La entidad adujo que no procedía la exención tributaria por la falta de pruebas necesarias para
demostrar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el efecto.
Frente a la interposición de los recursos de ley, la
accionada mantuvo en firme su decisión.
Se aborda temática relacionada con:
1º. Los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia, a la reparación integral y a la no repetición.
2º. El derecho al alivio de los pasivos como componente de
la reparación integral de las víctimas y,
3º. Los principios de buena fe y de solidaridad aplicados a favor de las víctimas
del conflicto armado.
Se CONCEDE el amparo y se ordena a la entidad exonerar a la peticionaria de los pasivos que tiene
a cargo por concepto de los impuestos prediales adeudados sobre el predio que tuvo que abandonar, desde el momento
de su desplazamiento y hasta la fecha en que hayan cesado o cesen las condiciones de vulnerabilidad en las que se encontraba o se encuentre .
http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2019/T-471-19.htm
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